jueves, 18 de junio de 2009

TRABAJO DE FINANCIAMIENTO DEL COMERCIO INTERNACIONAL







República Bolivariana de Venezuela
Ministerio para el Poder Popular para la Educación Superior
Universidad Nacional Experimental “Simón Rodríguez”
Núcleo Palo Verde
Cátedra: Finanzas Internacionales






























Facilitador: Ismael Arellano Participantes:


Mora Dennys, C.I. 15.629.655
Aurelys Zurita C.I. 16.450.043
Ojeda Yadira, C.I. 7.947.744
Alvarez Yeudhy, C.I. 16.578.147
Avendaño Magaly, C.I. 12.072.519





Caracas, Junio 2009
INDICE
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
DESARROLLO

I. FINANCIAMIENTO DEL COMERCIO INTERNACIONAL
CONCEPTO Y FINALIDAD
II. CARTA DE CRÉDITO
DEFINICIÓN
TIPOS
MODALIDADES
VENTAJAS Y DESVENTAJAS
MODELO DE CARTA DE CRÉDITO
III. COBRO DOCUMENTARIO
CONCEPTO
TIPOS
MODELO DE COBRO DOCUMENTARIO
IV. ACEPTACIÓN BANCARIA
CONCEPTO
TIPOS
MODELO DE ACEPTACIÓN BANCARIA
V. FACTORIZACIÓN
CONCEPTO
TIPOS
CARACTERISTICAS GENERALES DE LOS CONVENIOS DE FACTORIZACION INTERNACIONAL
MODELO FACTORIZACIÓN
VI. FORFETIZACIÓN
CONCEPTO
TIPOS
MODELO DE LA FORFETIZACIÓN
VII. ARRENDAMIENTO INTERNACIONAL
CONCEPTO
TIPOS
MODELO DE ARRENDAMIENTO INTERNACIONAL
VIII. PERMUTA INTERNACIONAL
CONCEPTO
TIPOS
MODELO DE PERMUTA INTERNACIONAL

CONCLUSIÓN
BIBLIOGRAFÍA
INTRODUCCION
El contenido del presente proyecto basado en el Financiamiento del Comercio Internacional, abarca el proceso de intercambio y/o trasferencias de bienes y servicios entre países para su respectivo financiamiento.
El financiamiento del comercio internacional proporciona a los participantes una herramienta de apoyo y orientación para el manejo e información de la finanzas efectuadas a nivel internacional, por lo que se permite abrir un panorama general introductorio acerca de los procedimientos, documentación u otros instrumentos definidos para llevar a cabo el financiamiento del comercio internacional a través de la compra – venta de mercancía y/o prestación de servicios establecido mediante la contraprestación acordada por las partes (importador y exportador).
En este sentido, el proyecto basado en el financiamiento del comercio internacional, está conformado por diferentes instrumentos y/o herramientas necesarias debidamente reguladas para su ejecución; dentro de ellas, se tiene: La carta de crédito, cobro documentario, aceptación bancaria, factorización, forfeitización, arrendamiento internacional y permuta internacional; en la que ambas se relacionan en algunos aspectos para lograr un objetivo determinado; más adelante se definirán estos mecanismos a través de conceptos, modelos y tipos de acuerdo al origen de las mismas.
DESARROLLO
I. FINANCIAMIENTO DEL COMERCIO INTERNACIONAL
CONCEPTO DE COMERCIO
Se inicia según los historiadores con las operaciones bancarias generadas por los judíos y los sirios en Europa a finales de la edad media. En esta época los cristianos, por las leyes de usura, no podrían dar préstamos con intereses. Con la abolición de los límites de la usura comenzó la expansión de la función del banquero internacional fundamentalmente con los lombardos. En el siglo XIV, Florencia pasó a ser el centro bancario internacional con los Medici. Este poder se traslado al norte de Europa en los siglos XV y XVI pasando a Alemania y luego al desarrollo de los mercados financieros en Lyon, Francia y Londres, Inglaterra, el resultado de este desarrollo de las operaciones financieras internacionales fue la aparición de la letra de cambio y del cheque como medio de transferencia del crédito de un país a otro y de una moneda a otra.
Como bien sabemos el comercio internacional, es el intercambio de bienes productos y servicios entre dos países, de tal manera, que se dé origen a salidas de mercancía de un país (exportaciones) entradas de mercancías (importaciones) procedentes de otros países.
El financiamiento del comercio internacional es importante en la medida que contribuye a aumentar las riquezas de sus países y de sus pueblos, riquezas que medimos a través del indicador de la producción de bienes y servicios que un país genera anualmente (PIB). Esta creencia sin embargo no ha sido aplicada por todos los países, ni aplicada.
El financiamiento del comercio internacional es el área de las finanzas que estudia todos aquellos aspectos que se generan fuera de las fronteras nacionales de un país e inciden directa e indirectamente en las decisiones de nuestra empresa.
Esto se refiere tanto al financiamiento interno como el internacional, también a niveles público, que toma en cuenta el aspecto económico, pero más en especial los aspectos públicos y sociales como a niveles privados que la atención se fija más en el terreno económico.
Los movimientos de capital a nivel mundial han crecido a un ritmo inusual a comienzos de la década de los 90, aunque siempre han estado presentes en el esquema de endeudamiento internacional representados en créditos y préstamos internacionales, estos han ido perdiendo fuerza, cediendo importancia a la Inversión Extranjera Directa (IED) que lidera hoy la tendencia cada vez más fuerte de la Globalización económica, esta trae consigo, la liberalización del comercio, la inversión, la desregulación de los mercados y un papel cada vez mas predominante del sector privado en cabeza de las Empresas Transnacionales, frente a una presencia aun más reducida del Estado.
Por supuesto la incidencia no siempre es positiva, pero si depende mucho de los factores y políticas de manejo que los países receptores pretendan darle a esta forma de financiamiento internacional y a las pretensiones que tengan las Empresas Transnacionales que no siempre actúan a favor del progreso mundial.
FINALIDAD
Se encarga de impulsar el bienestar económico y social mediante la adecuada canalización del capital y aquellas inversiones que arrojen el máximo del rendimiento, esto se refiere tanto al financiamiento interno como el internacional también a niveles públicos que toman en cuenta al aspecto económicos, pero mas esencial los aspectos públicos y sociales como a niveles privados que la atención se fija mas en el terreno económico.
Los cursos buscan el fortalecimiento de esas relaciones, para identificar posibilidades de cooperación que permitan a las empresas un mayor crecimiento y la creación de riqueza y empleo. Al concentrarse especialmente en los clientes pequeños, esta iniciativa fortalece el impacto del Programa de Facilitación del Financiamiento al Comercio Exterior en la profundización del mercado y en beneficio de los pobres, y llega a las empresas que no tienen el mismo acceso a las oportunidades de entrenamiento que las grandes corporaciones.
II. CARTA DE CRÉDITO
CONCEPTO
Es un instrumento de pago, sujeto a regulaciones internacionales, mediante el cual un banco (Banco Emisor) obrando y de conformidad con las instrucciones de un cliente (ordenante) debe hacer un pago a un tercero (Beneficiario) contra la entrega de los documentos exigidos, siempre y cuando se cumplan los términos y condiciones de crédito.
La carta de crédito consiste en un documento que emite el banco comercial del importador (denominado emisor de la carta) a favor del exportador y en el cual el banco emisor se obliga a frente al exportador (beneficiario de la carta de crédito), a pagarle una suma de dinero, sujeto a la condición de que el beneficiario le presente al banco emisor documentos que evidencien que ha embarcado unas mercancías determinadas al importador (tomador u ordenante del crédito).
La carta de crédito siempre es un crédito documentario o sea que el beneficiario (exportador) solo podrá girar la misma mediante la presentación de documentos. Estos documentos evidencias el embarque de las mercancías y el cumplimiento de cualquier formalidad que haya exigido el tomador (importador) de la carta (seguros, planilla consulares, etc.).
La carta de crédito prevista hoy en nuestro Código de Comercio en los artículos 495 al 502, corresponde a lo que se ha conocido como las Cartas de Crédito viajeros o conocidas en el idioma ingles como “Travellers Letters of Credit”.
PASOS PARA LA APERTURA DE UNA CARTA DE UNA CARTA DE CRÉDITO
Para la apertura de una carta de crédito aplicaremos el caso Venezolano:
Primer paso: Para la apertura de una carta de crédito un importador venezolano (ordenante) que haya pedido cierta mercancía de un exportador en Brasil, acude a un banco (emisor), a fin de abrir una carta de crédito a favor de la compañía por un cierta suma de dinero (divisas, bolívar)m, de acuerdo a la moneda que circula en cuyo país.
a) El ordenante deberá llenar una solicitud de apertura de carta de crédito, donde específica: descripción de la mercancía a ser importada (generalmente por unidad o peso), moneda de la carta de crédito, modalidades de la misma (plazo, revocable, irrevocable, etc.) y documentos requeridos para el embarque, estas instrucciones deben ser completas y precisas.
b) El banco emisor establece las condiciones que rige la relación de crédito con el ordenante (importador); por tanto el emisor está obligado frente al beneficiario pagar la carta de crédito, y esto se considera una capacidad de endeudamiento del tomador (ordenante).
c) Se requiere cumplir con las formalidades oficiales, impuestas por las autoridades cambiarias.
Segundo paso: El banco venezolano luego después de acordar la apertura de la carta de crédito, gira las instrucciones correspondientes a un banco local en Brasil (generalmente su corresponsal), el que a su vez, notifica la apertura de la carta de crédito al exportador Brasilero. Las instrucciones están contenidas en el texto de la propia carta de crédito.
a) En el momento que el banco emisor notifica al beneficiario (o a cualquier banco de la cadena) que la carta de crédito es irrevocable, el compromiso y obligación del banco emisor, nace y es definitivo; a partir de ese momento el banco emisor ya no puede revocar su obligación frente al beneficiario y el beneficiario (exportador) adquiere un derecho de crédito directo contra el banco.
b) Bajo las reglas y usos uniformes, hasta 1984 la carta de crédito debía físicamente emitirse por el banco emisor, o sea el banco emisor debí crear un documento físico llamado la carta de crédito (técnicamente el documento operativo) y enviárselo al beneficiario.
c) la apertura de carta de crédito mediante el uso de instrucciones electrónicas (o sea mediante instrucción de computadora), aun no ha sido aceptada por las reglas uniformes.
d) El banco emisor puede enviar la carta de crédito: (i) directamente al beneficiario (cosa poco usual) o (ii) a un banco en la localidad donde esta el beneficiario.
c) El exportador en Brasil, exporta la mercancía a su comprador en Venezuela. Como resultado de este paso, el exportador recibe los documentos que requiere para girar la carta de crédito.
d) Una vez completada la exportación el exportador acudirá con los documentos de embarque correspondiente al banco en Brasil y previa comprobación de haberse presentado los documentos, el banco brasilero ordenará el pago de la suma de dinero correspondiente.
e) Es el procedimiento de los reembolsos de los montos pagados bajo la carta de crédito el cual comienza por el reembolso del banco emisor a favor del banco designado pagador por los montos que estos, a su vez le pagaron al beneficiario.
DOCUMENTOS NECESARIOS PARA GIRAR UNA CARTA DE CRÉDITO
Deben estar señalado por el ordenante (tomador) en la solicitud correspondiente. Esta descripción de conformidad con las reglas uniformes, deberá ser sencilla, pero mencionar la totalidad de los documentos necesarios para la operación, de conformidad con el convenio que haya celebrado el importador con el exportador.
De conformidad con las Reglas Uniformes, los bancos deben examinar todos los documentos para determinar exclusivamente en base a tales documentos, la Parente conformidad con los términos y las condiciones de crédito.
Los documentos deben presentarse dentro de los plazos establecidos para la utilización de la carta de crédito. El documento esencial en toda operación es el conocimiento de embarque, o sea el documento por el cual se certifica que las mercancías han sido embarcadas, ya sea en nave, aeronave, camión (por carretera) o tren con destino al importador ordenante de la carta de crédito.
El conocimiento de embarque pueden contener requerimientos de documentos adicionales, tales como:
· Facturas comerciales: Facturas emitidas por el exportador/vendedor al importador/comprador y contienen una descripción de las mercancías, así como demás condiciones de compra-venta.
· Lista de embalaje: Consiste en una indicación de cómo se han embalado las mercancías y ubicación física en los distintos contenedores.
· Comprobación de póliza de seguro: corresponde a los términos que están convenidos para los efectos de la operación exportación-importación.
· Facturas consulares: Son certificaciones presentadas en el idioma del país del importador y selladas por el cónsul en el sitio donde se está realizando la exportación.
· Licencia de exportación: A veces son requeridas para la exportación de ciertos tipos de productos.
· Certificación de origen: Son emitidos por un a oficina oficial del país del exportador, en las cuales se certifica su procedencia.Documentos electrónicos: De conformidad con las Reglas Uniformes, hoy día se acepta la utilización de documentos emitidos por sistema de reprográfico (fax), automatizados o computarizados (electrónicos).
TIPOS
Las cartas de crédito están sujetas a dos clasificaciones básicas, que son:
  • Carta de Crédito Revocable e Irrevocable: Es aquella que puede ser revocada por el banco emisor (normalmente por instrucciones del tomador), sin notificación previa al beneficiario, en cualquier momento antes de la presentación de los documentos de embarque al banco pagador de la carta de crédito. Es irrevocable cuando no puede ser revocada o modificada por el importador o el banco.
    Bajo las reglas uniformes la carta de crédito debe indicar claramente si es revocable o irrevocable. Un exportador siempre debe tener la precaución de revisar los documentos correspondientes a la carta de crédito para determinar si esta es revocable o irrevocable.
  • Carta de Crédito confirmada y no Confirmada: Los bancos que intervienen en la cadena de carta de crédito inicialmente incluyen al banco emisor y el banco designado. El primero siempre esta obligado a pagar los montos que sea hayan girado sobr4e la carta de crédito. El resto de los bancos que intervienen en la cadena no están obligados a pagar monto alguno, salvo que hayan confirmado la carta de crédito.

Los bancos que pueden intervenir en la cadena de una emisión de carta de crédito son:
Notificador: Es el banco que simplemente asumen en cualquier plaza la obligación de notificar los términos de la carta de crédito al beneficiario.
Pagador: Está dispuesto a participar en el procedimiento de pago de la carta de crédito.

Confirmador: Es aquel que asume frente al beneficiario las mismas obligaciones que tiene el banco emisor, por lo cual cuando un banco confirma una carta de crédito, acepta la obligación, sujeto a presentar los documentos exigidos.


OBLIGACIONES DE UNA CADENA

Tipo de carta Carta de crédito revocable Carta de crédito no confirmada irrevocable
Carta de crédito confirmada e irrevocable Quien solicita la carta de crédito
Ordenante (importador) Tomador de la carta de crédito
Tomador de la carta de crédito Quien está obligado a pagar
Ordenante (ninguno de los bancos) Banco emisor (emisor de la carta de crédito) Banco emisor y banco confirmador Quien solicita una enmienda Banco emisor (Dador de la carta) Banco emisor y el beneficiario Banco emisor, el beneficiario y el banco conformador Quien reembolsa al banco pagador Banco emisor (Emisor de la carta) Banco emisor Banco Confirmador y Banco Emisor Quien reembolsa al Banco Emisor
Ordenante Ordenante de la Carta de Crédito Ordenante de la carta de Crédito

MODALIDADES
a) Entrega única y entrega sucesiva: Establece que el exportador deberá despachar la totalidad de las mercancías descritas, de una sola vez; o por el contrario, puede fijar entregas sucesivas.
Conforme a las reglas a uniformes las utilizaciones y expediciones parciales están permitidas, a menos que las condiciones de crédito lo estipulen de otra manera. Normalmente la carta de crédito de entregas sucesivas establece que el exportador podrá ser uno o varios envíos hasta completar la totalidad del pedido, pero establece el límite o montos mínimos, correspondientes a cada uno de ellos.
b) Vencimiento: La carta de crédito deberá necesariamente tener una fecha de vencimiento. Este es el plazo máximo exigido al exportador para completar la exportación y presentar los documentos correspondientes para girar la carta de crédito.
c) Pago a la vista y pago diferido: Se compone de dos factores:
Pago a la vista: Si el importador y el exportador no han convenido en un plazo para los pagos de los montos acordados bajo la carta de crédito, una vez que el exportador haya presentado los documentos al banco pagador y este obtenga los fondos correspondientes del banco confirmador, el pago de la carta de crédito se hará efectivo.
Pago diferido: A veces el importador aprovecha la carta de crédito para obtener términos de financiamiento que le permite recibir la mercancía y revenderla en su país. Para esto establecen la solicitud términos de pago diferido. Se puede hacer con dos (2) mecanismos; el pago diferido puro y simple es un pago establecido a ciertos días a presentación de la carta de crédito y la otra forma de pago es mediante aceptación, consiste en que el beneficiario presenta los documentos y con ellos una letra de cambio (giro).
d) Monto de la Carta de Crédito: Deberán establecer un monto máximo de las mismas. Esto se puede determinar en la moneda del beneficiario (exportador), en la del ordenante o tomador (importador) o en la moneda de un tercer país. Las cartas de crédito además de fijar un monto total, determina igualmente un valor por unidad de la mercancía exportada.
e) Carta de Crédito Rotativa – No Rotativa: Es una carta de crédito de uso múltiple donde cada vez que se hace una exportación y utilización de carta de crédito se genera el monto disponible para una nueva exportación. La rotación se puede hacer en tiempo y monto. Una rotación en tiempo sería una carta de crédito que permita utilizaciones en ciertos montos cada semana, mes, trimestre, semestre o año.
f) Cláusula Roja: Esta es una forma excepcional de otorgar un crédito por parte del importador al exportador o beneficiario de la carta de crédito, antes que se haya completado la exportación. Bajo la cláusula roja el beneficiario se le permite girar contra la carta de crédito a un antes de haber hecho la presentación de los documentos. Normalmente la cláusula roja no es por el monto total de la carta de crédito sin o por una porción de la misma. El exportador es una carta de crédito con cláusula roja acepta una letra de cambio contra el banco confirmador o banco pagador o emisor y este le anticipa los fondos que permite la cláusula roja.
VENTAJAS
Dentro de las ventajas que tiene la carta de crédito, debemos distinguir los costos propios de la carta de crédito y los costos de financiamiento. Los primeros son las comisiones que deberán pagar el ordenante (tomador) y el beneficiario por los compromisos que asumen los bancos dentro de la cadena, a favor del beneficiario y en nombre del tomador.
Las cartas de crédito ofrecen fundamentalmente ventajas para el exportador, quien se asegura que la mercancía será pagada a tiempo y sin necesidad de proveer o utilizar sus propios financiamientos, excepto en aquellos casos en que la carta de crédito tenga un pago diferido.
DESVENTAJAS
Las principales desventajas son las cuotas cargadas por el banco del importador por la emisión de la carta de crédito y la posibilidad de que la carta de crédito, reduzca la línea de crédito para pedir préstamo a su banco.
En las ventajas y desventajas existentes en la carta de crédito, el costo de financiamiento de nuevo tendrá que calcularse con referencia a la moneda en la cual está denominada la carta de crédito.
VENTAJAS
EXPORTADOR (VENDEDOR)
1. No tiene el riesgo de crédito del importador
2. Riesgo de crédito contra el banco confirmador-emisor-
3. Si paga a la vista no tiene financiamiento.
4. Modo sencillo de exportar sin necesidad de comunicaciones complejas. Solo presenta documentos y cobra.
IMPORTADOR (COMPRADOR)
1. Difiere pago, al menos que se embarque el producto.
2. Si el pago es diferido (o mediante aceptación), tiene crédito sin costo.
DESVENTAJAS

1. Si el pago es diferido, tendrá costo de financiamiento.
2. Si moneda de pago diferente a la suya el riesgo es fluctuación de cambio.
3. Obliga a tener precios competitivos, en algunos casos disminuye pedidos, ya que la carta de crédito usa el crédito de importador.
1. Recibe documentos que se especifican, pero no tienen garantía que la mercancía no esté conforme.
2. Uso de su capacidad de endeudamiento con el banco emisor.
III. COBRO DOCUMENTARIO

CONCEPTO

La segunda forma de financiamiento y cobranza para operaciones de comercio internacional es lo que se denomina cobro documentario. Consiste fundamentalmente es el cobro de los montos correspondientes a una exportación con la participación de un banco como intermediario pero donde el banco asume riesgo de crédito alguno. En una operación de cobro documentario el exportador (denominado principal) en lugar de exigir la apertura de una carta de crédito por parte de un banco .solicita al importador (girado) que se haga la tramitación de cobro, así como la de los documentos de embarque a través de un banco. En el cobro documentario el exportador entrega los documentos de embarque a un banco que se denomina banco remitente, el cual los trasfiere a un banco corresponsal en el país del importador denominado banco presentador o banco cobrador.

Es el cobro de los montos correspondientes a una exportación con la participación de un banco como intermediario, pero donde el banco no asume riesgo de crédito alguno. En una operación de cobro documentario el exportador en lugar de exigir la apertura de carta de crédito por parte de un banco, solicita al importador que se haga la tramitación de cobro, así como la de los documentos de embarque a través de un banco, pero sin involucrar el compromiso definitivo por parte del pago del precio.

TIPOS DE COBRO DOCUMENTARIO

Dentro de la cobranza documentaria se identifican 5 posibles partes.

1. La orden que corresponde al exportador.
2. El banco remitente, que es al cual el ordenante ha confiado la operación de cobro y remisión de documentos.
3. El banco cobrador, que es cualquier banco distinto al banco remitente involucrado en el trámite de la orden de cobro.
4. El banco presentador, que presenta la cobranza, axial como los documentos de embarque al importador.

Las cobranzas documentarias están reguladas por Reglas Uniformes para la Cobranza, igualmente adoptadas por la Cámara de Comercio Internacional de Paris .la versión mas reciente es la edición efectiva desde el 1 de enero de 1995 (CCI ,publicación 522 en adelante referidas como las Reglas para Cobranzas) Observamos que las Reglas para la Cobranza se aplican tanto a las cobranzas documentarias, o sea aquellas que se derivan de operaciones de comercio internacional ,como las descritas antes, así como al cobro simple bancario ( denominado cobranzas financiera ), que significa el cobro de documentos comerciales ( Reglas para la cobranzas articulo 2 a ). Las Reglas para las cobranzas para aplicarse requieren que en las cobranzas (en la instrucción) se estipule que la cobranza está sujeta a las reglas.

MODALIDADES DE PAGO EN EL COBRO DOCUMENTARIO

El cobro documentario al igual que la carta de crédito documentaria puede tener pago a la vista o pago diferido. El pago a la vista se realiza estableciendo en la orden de cobranza que los documentos de embarque serán entregados contra pago. Observamos que el pago deberá hacerse en la moneda en el cual esta denominada la cobranza correspondiente.

Cuando la cobranza documentaria es con pago diferido la instrucción correspondiente va con una letra de cambio, la cual debe ser aceptada por el importador para ser pagada en una fecha (Reglas para la Cobranza articulo 6, que refiere a la fecha debe ser fijada en las instrucciones del exportador u ordenante de la cobranza documentaria. Observamos la diferencia si los documentos de embarque se entregan contra la simple aceptación, una vez entregados los documentos de embarque, el exportador ha perdido todos los derechos sobre las mercancías los cuales pasan a posesión del importador.

VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LA COBRANZA DOCUMENTARIA

  • Evidentemente que la cobranza documentaria representa para el exportador un riesgo mayor que la carta de crédito, ya que es posible que una vez que el banco presentador notifica al importador de que tiene los documentos de embarque, éste se niega o aceptar las letras. En este caso, el exportador, por supuesto, siempre conserve su derecho sobre la mercancía pero ya q incurrido en ciertos gastos correspondientes a la exportación y la mercancía estará ya en vías a, o en el puerto del país del importador.
  • La cobranza documentaria existiendo una relación entre el exportador y el importador, es relativamente más económica, ya que por los menos se evitan las comisiones de aceptación emisión y confirmación de carta de crédito.

DIFERENCIAS ENTRE EL COBRO DOCUMENTARIO Y EL CRÉDITO DOCUMENTARIO

a) En el Cobro Documentario, ni el banco remitente ni ningún otro banco, tiene obligación frente al girador. En el Crédito Documentario (cuando es irrevocable), los bancos se obligan a pagar al beneficiario el monto de la misma.
b) En el Cobro Documentario, la función principal del banco es cobrar al importador el importe de la cobranza, o sea su función es de cobro. En el Crédito Documentario el banco tiene como función principal, pagar al beneficiario el monto girado.
c) En el Cobro Documentario, el exportador contrata inicialmente al banco para que realice el cobro, o sea para que el banco obtenga un pago del importador. En el Crédito Documentario, el que contrata al banco es el importador para que el banco pague al beneficiario el monto de la Carta de Crédito.

IV. ACEPTACIÓN BANCARIA

CONCEPTO

La aceptación bancaria consiste en la aceptación por parte de un banco o instituto de crédito, de una letra de cambio librada por un tercero. La esencia de esta operación consiste en que por cuanto la aceptación esta librada por un banco comercial, el tenedor de la letra de cambio puede utilizarla para obtener financiamiento por vía de descuento, sin afectar su capacidad crediticia.

La aceptación bancaria es utilizada en el comercio internacional, especialmente en los Estados Unidos y en Inglaterra, como forma de financiamiento o refinanciamiento de una operación de carta de crédito o de una operación de crédito documentario. En una operación típica de exportación, al crear la aceptación bancaria, el banco que está aceptando logra obtener los medios de pago para el exportador sin necesidad de desembolsar la suma de dinero alguna. Lo que hace el banco es que, contrata la presentación de los documentos de embarque, en lugar de pagar, crea o acepta un giro a favor del exportador, quien a su vez lo descuenta en el mercado.

TIPOS

  • Aceptaciones con Descuento y sin Descuento: La utilización de la aceptación bancaria como un mecanismo de financiamiento a la exportación significa que el proveedor de los fondos no es ni es el exportador ni el importador ni los bancos intermediarios en la cadena, sino el adquirente de la aceptación. El principio, para que se pueda desarrollar este tipo de financiamiento es necesario que exista un mercado secundario de descuento de aceptaciones bancarias, como en los Estados Unidos y en Inglaterra. En la mayoría de nuestros países latinoamericanos dichos mercados no existen. En algunas operaciones de aceptaciones bancarias, el banco aceptante pasa a ser comprador de la misma. Es esta caso es el banco que pasa a tener la aceptación bancaria dentro de sus propios activos, pero el propio banco, en cualquier momento de necesidad de liquidez, pueda acudir al mercado o al mismo banco central del país para el descuento correspondiente.
  • Costo del Financiamiento por Aceptaciones: El financiamiento a través del uso de una aceptación involucra dos costos diferentes:
    a) El costo o misión, que cobra el banco por estampar su aceptación.
    b) El costo puro de financiamiento, constituido por interese que se cargan por el descuento de la aceptación.
    La comisión de aceptación tiene como propósito compensar al banco de los riesgos incurrido al estampar su aceptación. Dichas comisiones oscilan normalmente entre 0,4% y 1.5% del valor total de la aceptación dependiendo del riesgo de crédito que asume el banco. La comisión de carga en el momento en que se estampa la aceptación.

Los costos de financiamiento corresponden a los cargos típicos en el mercado domestico por el descuento de papel de primera a corto plazo. Se cargan igualmente al inicio de la operación, por lo cual opera como un descuento puro y simple. A su vez, la tasa de descuento será una tasa baja, en consideración a las condiciones del mercado, ya que sobre la aceptación el riesgo que se corre se calcula en base al riesgo comercial del banco aceptante y no al riesgo de crédito del importador.

V. FACTORIZACIÓN

CONCEPTO

La factorización es aquel mediante el cual el exportador cede a un factor la totalidad de sus cuentas por cobrar generadas de exportaciones. Los contratos de factorización comprenden la totalidad de las facturas generadas de un tipo de operación, no limitados a un solo grupo o tipo de facturas.

En las operaciones de factorización el factor asume una gama de servicios que comprenden: gestión, servicio en general, asegurar el cobro y el financiamiento que se genera por cuanto el factor anticipa al exportador montos sobre las facturas antes de su cobro. En la factorización el producto de bienes (exportador) transfiere sus créditos comerciales a un factor, quien asume la obligación del cobro de las mismas. Con frecuencia el factor anticipa al exportador (en el Factoring Internacional) parte de los fondos que se van a generar de la operación. La función financiera del “factor” surge al tomar las cuentas por cobrar de un producto determinado, le anticipa todo o una parte de los fondos que se van a generar como resultado de su servicio de cobranza.

TIPOS

Los tipos de contratos de factorización se clasifican de acuerdo a la amplitud del servicio que ofrece el factor a su cliente, e incluyen:

  1. Factorización con anticipo de fondos y recursos contra el exportador: El factor anticipa fondos que están garantizados con las facturas comerciales cedidas. El exportador garantiza al factor el buen cobro de la factura, de modo que el factor tendrá recurso contra el exportador si una factura no se ha podido cobrar.
  2. Factorización con anticipo de fondos y sin recursos: Es igual al anticipo de fondos y recursos contra el exportador, excepto que el riesgo del éxito en el cobro de la factura lo asume el factor. Este tipo de factoring es más caro que el anterior.
  3. Factorización sin anticipo de cobro y sin recursos: Es un simple servicio de cobrador. El factor recibe las cuentas por cobrar y las lleva al cobro, rindiéndole cuenta al exportador de los montos cobrados.
  4. Factorización con servicios administrativos y servicios auxiliares: En muchos contractos de factorización en Europa, el factor asume la función de preparación de facturas comerciales, expide facturas, guarda la contabilidad y cumple todas las funciones de cobro.
  5. Back-tob-back factoring: (Espalda a espalda-operación contra operación) consiste fundamentalmente en dos operaciones de factoring. Un exportador que vende la mayoría de sus productos a un distribuidor en un país determinado conviene con su compañía de factorización en venderle todas las cuentas por cobrar bajo un contrato de factorización. A su vez el factor del exportador quiere traspasar una parte o la totalidad de los riesgos de crédito en las cuentas por cobrar contra el importador o distribuidor del producto.

CARACTERISTICAS GENERALES DE LOS CONVENIOS DE FACTORIZACION INTERNACIONAL

a) El convenio de factorización es un acuerdo global; porque abarca la totalidad de las operaciones de exportación dentro de las definiciones que se incluyen en el convenio de un exportador determinado.
b) Es un convenio exclusivo y obligatorio; cuando el exportador celebra un acuerdo de factorización con un factor le da a este la exclusividad de todas las gestiones de cobranza de las cuentas generadas en operaciones internacionales, dentro de los límites fijados en el contrato. El exportador no podrá seleccionar cuentas dándoles unas al factor y conservando otras para su cobro directo. El contrato de factorización es un contrato obligatorio, en el sentido de que el exportador se obliga entregar todas las facturaciones dentro del plazo de vigencia del contrato.
c) Alcance del convenio; los convenios de factorización normalmente fijan su alcance utilizando límites: (a) tipos de cuentas por cobrar, letras, giros, facturas a 30, 60, 90, 180 días y (b) tipos de operaciones de exportación de determinado destino geográfico.

d) Reserva para anticipo de fondos; en los contratos de factorización muchas veces el factor anticipa fondos al exportador. Las condiciones se fijan en el contrato.

VI. FORFEITIZACIÓN

CONCEPTO

La forfetización es una forma de financiamiento que consiste en la venta de recursos de letras y pagares originados de operaciones de exportación de bienes a mediano y largo plazo. Una venta sin recurso es aquella en la cual el comprador del instrumento no tiene recurso contra el vendedor para exigirle el pago, si el obligado no paga.

La forfetización significa que el exportador entrega al forfetizador los giros, letras o pagares que se han originado en una operación especifica y este le paga el valor representado en dichos documentos. El exportador traspasa la totalidad de sus derechos derivados de las letras o pagares al forfetizador.

La fofetización se diferencia de la factorización en que se hace operación por operación y no en forma global. La casa de forfetización analizara la operación de crédito que está proponiendo el exportador para su importador, tomando en consideración riesgos de tipo comercial, de tipo político en el país del importador y de tipo cambiario. Los riesgos cambiarios los analiza como suficiencia y posición de la balanza de pagos del país del importador para dar cumplimiento a las obligaciones a medida que las mismas vayan venciendo. Una vez aprobada la operación, el forfetizador se compromete en forma vinculante a adquirir del exportador las letras de cambio que se originan de la exportación.

TIPOS

1. Garantía: En las operaciones de forfetización es necesario que exista una garantía de primera sobre el papel creado por el importador a favor del exportador. Esta garantía se puede presentar en la forma de un aval (garantía) o sobre las letras de cambio otorgadas por un banco comercial de primera o agencia estatal en el país del importador.
2. Moneda: Las operaciones de forfetizacion se hacen únicamente en tres monedas; el dólar norteamericano, el franco suizo y el marco alemán. Esto requiere que cuando se este haciendo una exportación que luego se va a forfetizar, los créditos correspondientes estén denominados en una de estas tres monedas. Si no es así, en primer lugar, será difícil para que el forfetizador pueda revenderlas en el mercado secundario. Una forma de hacerlo es que haga una reventa del papel en el mercado secundario, pero garantizando la moneda básica de dicho mercado (dólar, marco alemán, franco suizo) mediante contratos de futuro en moneda extranjera.
3. Instrumentación: Los saldos adeudados por el importador al exportador deberán estar instrumentados a través de letras de cambio o pagares, u otras formas de documentos negociables.
4. Riesgos: Una de las características fundamentales de la forfetización es que los riesgos, tanto comerciales como cambiarios, corren por cuenta del forfetizador y no del exportador. La ventaja es que el exportador vende sus letras o pagares sin recursos alguno, por lo tanto cualquier variación en la moneda en la cual esta denominada la letra será un riesgo para la forfetización si el a su vez ha obtenido fondos en una moneda diferente. A su vez el riesgo de las variaciones de la moneda en la cual están denominadas las letras y la moneda de curso del importador será un riesgo que este asume.
5. Costos: En los contractos de forfetizacion tenemos tres costos que deben tomarse en consideración: de garantía, de financiamiento y aquellos correspondientes a los márgenes de utilidad de los forfetizadores. Los costos de garantía son los que tendrán que pagar el importador para obtener una garantía en su país de origen por parte de un banco comercial.
6. Comisiones del forfetizador: El forfetizador va a celebrar un contrato con el exportador por el cual se compromete a adquirir los instrumentos que corren en la operación de forfetizacion. Para esto va a cobrar una comisión de compromiso obligándose a comprar, dentro de un plazo determinado, los instrumentos que se generen de la operación de exportación. La comisión de compromiso por parte de la casa forfetizadora garantiza al exportador un plazo para completar su operación de exportación; mientras mas tiempo requiera mas costosa será la comisión.
7. Costos de descuentos de letras: Los costos mas importantes para una forfetización son los financiamientos, en los cuales deben incurrir el exportador para vender el papel comercial. Tiene dos componentes:

a) Una prima de riesgo que corresponderá normalmente al pago o descuento que deba hacer el forfetizador al exportador. Esta prima ya que el riesgo comercial es pequeño por cuanto las letras van garantizadas en alguna forma por un banco comercial, van a reflejar el riesgo de crédito del país del importador.

b) El costo puro de financiamiento. En las operaciones de forfetizacion, el financiamiento se hace a través de tasas de interés fija, lo que significa que los costos piros serán equivalentes a esas tasas para la moneda en la cual se esta realizando la operación.

VII. ARRENDAMIENTO INTERNACIONAL

CONCEPTOS

El Arrendamiento es un acuerdo por el que el arrendador cede al arrendatario, de percibir una suma única de dinero, o una serie de pagos o cuotas, el utilizar un activo durante un periodo de tiempo determinado.

1. EL ARRENDAMIENTO FINANCIERO

El arrendamiento consiste en transferir el uso de un bien mueble duradero a un tercero contra el pago de una cuota o canon. El arrendamiento industrial, también denominado por el uso de la palabra en ingles como “ Leasing”, se refiere al alquiler de bienes duraderos , normalmente maquina industrial, equipo, naves, aeronaves y camiones. En el arrendamiento industrial ( Leasing) hay que distinguir el arrendamiento operativo y el arrendamiento financiero.

TIPOS

a) El Arrendamiento Operativo: Es aquel en el cual el arrendamiento toma las cosas en el alquiler con el propósito de utilizarla temporalmente. No es realmente un mecanismo financiero, sino simplemente una forma de alquiler de maquinas o equipos, así; una empresa debe tener la necesidad del uso de una grúa por un periodo de tres meses y decide, en lugar de comprar una alquilada. El arrendamiento operativo se presenta tanto en el ámbito nacional como internacional y ubre toda una gama de tipos de maquinas industriales y equipo, incluyendo camiones, grúas naves aeronaves, inclusive los arrendamientos de automóviles tan comunes como en todas partes de mundo.b) El Arrendamiento Financiero: No es más que una forma de alquiler, igualmente de una maquina, equipo u otro bien duradero. La diferencia como con el arrendamiento operativo es que el financiamiento es igualmente una técnica de crédito por la cual el prestamista ofrece al prestatario potencial de arrendamiento de un bien conjuntamente con la conjuntamente con la promesa unilateral de vendérselo al final del periodo de arrendamiento por un valor nominal (Cremieux, leasing et Credit Bail).

El arrendamiento financiero ha tenido un gran desarrollo, tanto en el mercado nacional como internacional. En Venezuela actualmente operan seis compañías de este tipo. En la justificación de la utilización del arrendamiento financiero, en lugar del préstamo, incluye:

-Razones de tipo fiscal: En el arrendamiento el propietario de la cosa sigue siendo el arrendador, o que significa que tiene la propiedad de depreciar el valor de la cosa dada en arrendamiento dentro de de sus declaraciones fiscales. Igualmente, muchos países tienen incentivos fiscales para la adquisición de equipos y maquinas industriales.
-Razones de tipo contable: El arrendador financiero presenta la venta de que la deuda potencial que tiene el arrendatario frente al arrendador inicialmente no se reportaba dentro de los estados financieros del arrendador, lo que significa que todas sus relaciones de endeudamiento aparecían mejor de lo que hubieren sido de haber tomado la suma en préstamo.
-Garantía: En el arrendamiento financiero el arrendador sigue siendo propietario de la cosa dad en alquiler, lo que permite que la cosa dada en arrendamiento (al haber conservado el arrendador el título de propiedad) sirva como garantía del monto del pago del préstamo; si el arrendatario no paga el precio, el arrendador simplemente se reposiciona la cosa.

2. ARRENDAMIENTO INTERNACIONAL

El arrendamiento financiero y el arrendamiento operativo no solamente se encuentra en los mercados nacionales, sino también, en el mercado internacional. El arrendamiento internacional se ha desarrollado en tres formas diferentes (Clasificación de Ruzoi, Aggornamenti Sul Leasing):
a) Arrendamiento para exportación: En el arrendamiento para la exportación el exportador acude a una compañía de arrendamiento a quien la vende el equipo y le solicita que alquile el equipo o bien que está exportando al importador. Este arrendamiento de exportación sirve como un mecanismo de financiamiento para la exportación, donde el importador tiene el incentivo de la ventaja o beneficio financiero que le representa el arrendamiento en lugar de la adquisición del equipo.
b) Leasing internacional en el sentido estricto: Leasing internacional en el sentido estricto es el Leasing operativo a que ya hemos hecho referencia y que consiste en un arrendamiento de bienes para usos temporales en diferentes plazas. El ejemplo típico son los arrendamientos internacionales que se utilizan de plataformas de perforación petrolera, naves, aeronaves y contenedores. Estos son arrendamientos operativos por cuanto el arrendatario no toma la cosa arrendada por su vida útil sino por un periodo determinado, para un uso determinado y en el contrato la opción de adquirirla al final del contrato de arrendamiento.

c) Arrendamiento para operaciones específicas: Es una clasificación especial de arrendamiento internacional hecha no con un propósito de la promoción de exportaciones sino para los efectos de adecuar la venta de un bien a una operación específica. Se presenta típicamente en casos de naves o aeronaves.

3. COSTO DEL ARRENDAMIENTO

Los arrendamientos operativos cargan cánones de arrendamiento como cualquier otro tipo de alquiler. Normalmente en ellos el arrendador carga con los gastos de seguro y mantenimiento por reparaciones mayores de la cosa dada en arrendamiento; en cambio el arrendatario se limita al pago del canon y a hacer operaciones menores. El arrendamiento operativo no es un mecanismo de o técnica de crédito y por lo tanto el computo de las cuotas o cánones de arrendamiento no se calcula con la formula de amortización de principal e intereses sobre un préstamo. Simplemente se calcula en base a los rendimientos esperados por el propietario de la cosa y las probabilidades de arrendarla durante la vida útil de la misma. Para ciertos tipos de equipos de arrendamientos operativos tienen tasas internacionales, por lo tanto los cánones son competitivos dentro de distintos tipos de empresas.

En el arrendamiento financiero el computo de canon de arrendamiento debe responder a alguna fórmula de amortización del capital de lo que hubiere sido el préstamo, mas costo por concepto de intereses y margen de utilidad para el arrendador. De aquí que el canon de arrendamiento seria igual a amortización de capital más cargo por concepto de intereses más margen o utilidad para el prestamista.

La fórmula para computar el canon de los arrendamientos internacionales no es sustancialmente distinta a las que pueden servir para calcular las amortizaciones en cualquier tipo de préstamo. Así, por ejemplo, se pueden utilizar amortizaciones por cuotas niveladas de amortización fija con intereses fijos o de amortización fija con intereses variables. Debe tomarse en cuenta que el arrendador.

VIII. PERMUTA INTERNACIONAL

CONCEPTO

La forma primitiva de venta de bienes y servicios era mediante el cambio directo de un bien por otro sin el pago de dinero. Trueque o permuta, en su sentido jurídico, es el convenio por el cual cada una de las partes en un contrato se obliga a dar una cosa para obtener otra a cambio a diferencia de la venta donde bienes se pagan en dinero así es una permuta la venta de una vaca a cambio de una parte de una cosecha de trigo.

La permuta comercial internacional modernamente se enfoca como un acuerdo de comercio compensatorio por el cual el exportador se obliga a compensar los efectos que la exportación tiene sobre la balanza de pago del país del importador mediante la adquisición de dicho país de bienes y servicios con un valor similar a los bienes vendidos. También se ha desarrollado la permuta internacional en los países en vías de desarrollo como resultado de una escasez de divisas por una exportación que realizara en tiempo diferido. Se dice que el hecho de que la permuta se realice en aquellos casos en que hay escasez de fuerte de divisas significa que esto, en el fondo no es mas que el resultado de una imperfección dentro del sistema financiero internacional, ya que demuestra la falta de medios de pago suficiente para poder realizar la operación como una venta pura y simple.

TIPOS

-Permuta Pura: Consiste en un contrato ordinario por el cual el exportador de un producto determinado conviene simultáneamente en ser importador al adquirir de su importador una cantidad de productos determinados desde el principio de la operación.
-Contra -Compra (COUNTER PURCHASE): Consiste fundamentalmente en un convenio entre dos partes, por el cual el exportador inicial de un producto conviene en adquirir, dentro de un plazo determinado ciertos bienes y servicios del país importador.
-Compensa Directa: Es aquella según la cual el exportador inicial asume con el importador la obligación de adquirir en el futuro bienes relacionados con la primera exportación.
-Créditos Compensatorios: Es el sistema de créditos compensatorios, por el cual el exportador inicial no recibe dinero sino, por el contrario, recibe créditos que le da derechos a adquirir cierta cantidad de bienes del país del importador.
-Permuta Combinada con Venta: Una variación de la permuta simple, o sea, donde se intercambian bienes por bienes o bienes por créditos para adquirir bienes, es la permuta combinada con venta.

CONCLUSIONES

En el comercio internacional se establecen acuerdos económicos entre países para el intercambio de bienes, productos y servicios en la que (uno es exportador y otro importador); lo que permite el fortalecimiento de relaciones dentro de un cuadro comercial. En función de las obligaciones contraídas entre partes se genera un proceso de financiamiento internacional; que en sentido común, decimos que para el proceso de financiamiento del comercio internacional existen diferentes fuentes de acción generadas por instrumentos financieros que llevará a cabo dicho financiamiento, dentro de estas fuentes tenemos: La carta de crédito; el cobro documentario, aceptación bancaria, factorización, forfeitización, arrendamiento internacional, permuta comercial, son herramientas que intervienen dentro del proceso de financiamiento del comercio internacional.

Definiremos brevemente, la carta de crédito; la cual es un instrumento de pago que emite un banco por la solicitud de un ordenante para hacer el pago a un tercero. El cobro documentario; es el cobro de los montos correspondientes a una operaciones internacional. La aceptación bancaria; es la aceptación por parte de un banco o instituto de crédito girada por una letra de cambio librada por un tercero. La factorización; es cuando el exportador cede a un factor la totalidad de sus cuentas por cobrar generada de una operación de exportación. La forfeitización; es una forma de financiar a través de la venta de recursos de letras y pagares originados de operaciones de exportación. El arrendamiento internacional; son acuerdo establecidos entre el arrendador y arrendatario para percibir una suma única de dinero. La permuta internacional; es el convenio por el cual cada una de las partes en un contrato se obliga a dar una cosa para obtener otra a cambio.

Es importante conocer los términos utilizados dentro del financiamiento del comercio internacional dentro de los acuerdos y obligaciones contraídas entre Venezuela con otros países en la utilización de estos instrumentos de pagos mencionados anteriormente; a los fines de lograr el crecimiento y desarrollo social del país tanto de un importador como de un exportador.

BIBLIOGRAFIAS

· OTIS-RODNER JAMES, ELEMENTOS DE FINANZAS INTERNACIONALES, 2DA EDICIÓN, EDITORIAL ARTE, AÑO 1998.
· MAURICE D-LEVI, FINANZAS INTERNACIONALES,TERCERA EDICIÓN. MC GRAW HILL.